Foto Cortesía de Surrey Satellite; Ingenieros Nigerianos construyendo satélite NigeriaSat Nx en UK
Lima, 28 de Octubre del 2013.
La compra del sistema satelital peruano llego a su hora decisiva, el lunes 21
de octubre, CONIDA remitió a los diferentes proveedores el Requerimiento de
propuestas denominado “Estudio de Posibilidades que ofrece el Mercado”, cuyas
propuestas deben ser entregadas el día lunes 04 de noviembre.
Este proceso se rige bajo la recientemente aprobada “Directiva General que
Regula el Proceso de Contratación de Bienes y Servicios en el Mercado
Extranjero”, Directiva Nro. DI-004-OGA/OFLOG/001, la misma que puede ser
descargada del link de CONIDA: http://www.conida.gob.pe/images/stories/docpdf/2013/transparencia/directiva/direc_004.pdf
Como 2 aspectos fundamentales en
esta etapa del proceso debemos resaltar 2 aspectos críticos:
a)
REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
Como punto de partida debemos señalar que los Requerimientos Técnicos
Mínimos (RTM) del sistema satelital por definición de la propia Directiva de
CONIDA, “son los requisitos establecidos por la Entidad y/o las normas que
regulan el objeto de la contratación, siendo indispensable que sean cumplidas
en la propuesta para que sea admitida”. En este caso especifico los
Requerimientos Técnicos Mínimos han sido definidos en el Estudio de
Factibilidad, y son los siguientes:
La Directiva de CONIDA en la Pagina 7, VIII De las Contrataciones en el
Extranjero, 8.2 Disposiciones Especificas para Contrataciones ene el
Extranjero, 8.2.1 Actos Preparatorios, 8.2.1.6 Comisión Técnica Especializada,
Inciso B, se señala: “La Comisión Técnica Especializada-COTE debe establecer
las especificaciones técnicas y/o Términos de Referencia finales, efectuando el
estudio de posibilidades que ofrece el mercado. Asimismo, determina el valor
referencial, recomendando el proceso y modalidad de contratación, Proveedor Único de ser el caso…..”.
Es decir, se le confiere a la COTE la facultad de seleccionar a un
proveedor único, directamente y sin mas proceso que la evaluación de las
propuestas presentadas para “Estudio de Posibilidades que ofrece el Mercado”,
si esta considera que solo un proveedor cumple los RTM, a pesar que en esta
etapa no hay escalas de calificación, ni puntajes.
Sin embargo, con las exposiciones realizadas por los diferentes proveedores,
esta claro que al menos 3 proveedores cumplen y exceden estos requisitos, por lo
que la figura de “Proveedor por Único”, señalada en la Directiva Nro.
DI-004-OGA/OFLOG/001, es un imposible técnico y jurídico.
b) TRANSFERENCIA TECNOLOGICA
La Transferencia Tecnológica al igual que la Capacitación, son parte de los
Componentes Principales del Sistema Satelital Peruano, por lo que estos no
pueden ser dejados de lado. También vale la pena precisar que siendo estos DOS
componentes diferentes, ambos no pueden tener similares alcances, es decir y
siendo mas especifico, que no puede considerarse como Transferencia
Tecnológica, la capacitación para poder manejar el sistema satelital.
Es por ello que llama mucho la atención que CONIDA considere a la transferencia
tecnológica simplemente como un proceso académico y entrenamiento operativo para
aprender a utilizar el Sistema Satelital, denominando equivocadamente a la
capacitación como transferencia tecnológica. Así pues, conocer las etapas del
proyecto, ver como se construye y se lanza el satélite, aprender a manejar
la estación terrena y explotar los datos, de
ninguna manera constituyen transferencia tecnología, eso es simplemente
el proceso de capacitación obligatorio e inherente a la implementación de cualquier
proyecto de estas características.
Transferencia tecnología es participar activa y directamente de la
construcción del satélite, no mirar tras un vidrio, es aprender a fabricar
componentes, y por que no, construir un satélite completo y recibir el
licenciamiento para poder reproducir el satélite, permitiendo generar una
industria aeroespacial peruana.
Para mayor mayores detalles veamos el video de la presentación del Ministro
Pedro Cateriano en el Congreso de la Republica, donde explica los motivos por
los que se compro los aviones coreanos KT-1… la Transferencia Tecnológica:
También es importante mencionar que en la Directiva en la Pagina 7, VIII De
las Contrataciones en el Extranjero, 8.2 Disposiciones Especificas para
Contrataciones en el Extranjero, 8.2.1 Actos Preparatorios, 8.2.1.7 se señala:
“En base a cotizaciones, consultas y cualquier otra información producto del
estudio de posibilidades que ofrece el mercado, la Oficina de Logística y/o la
COTE, podrá ajustar las características técnicas o condiciones del objeto de la
contratación descritas en las especificaciones técnicas o términos de
referencia, con las finalidad de precisarlas, adecuarlas a la tecnología
vigente o incorporar condiciones de mercado, entre otros..”
Esto es que la COTE y/o CONIDA, deben incorporar las mejoras ofrecidas por los proveedores en sus propuestas y/o mejoras existentes en el mercado, en la medida que ellas sean necesarias para el país y aporten en mejorar el sistema satelital. Que razón podría haber para que esto no suceda ?
Esto es que la COTE y/o CONIDA, deben incorporar las mejoras ofrecidas por los proveedores en sus propuestas y/o mejoras existentes en el mercado, en la medida que ellas sean necesarias para el país y aporten en mejorar el sistema satelital. Que razón podría haber para que esto no suceda ?
(*) Esperamos que este importante proyecto para el desarrollo nacional,
culmine en un proceso abierto, limpio y transparente, en donde resulte ganador
el proveedor que ofrezca los mayores beneficios y ventajas tecnológicas al país, y que tenga el menor costo.
(**) Se agradece su difusión.
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