En junio pasado la Comisión de Fiscalización y Contraloria del Congreso de la República, recibió la denuncia de la Congresista Marta Chavez Cossio por la comisión de supuestas irregularidades en la adquisición del satélite peruano realizado por el gobierno peruano a la empresa francesa EADS Astrium (ahora Air Bus Defense and Security). Dicha denuncia fue derivada al Ministerio de Defensa y este a su vez la derivo a CONIDA para que haga los descargos del caso.
Los descargos realizados por el General Carlos Rodriguez Pajares, Jefe de CONIDA, no hacen sino corroborar la comisión de ilegalidades y flagrantes delitos en dicha compra, pues apelando a mentiras y medias verdades que detallaremos con documentos, queda claro que para CONIDA la transparencia es un principio que no alcanza a este proceso, como si esta compra se tratara de un proceso privado en el cual el ente encargado puede hacer lo que le da la gana, retorciendo las normas y faltando a la verdad abiertamente y con plena conciencia.
El documento enviado por el Jefe de CONIDA sorprende por su crudeza, tuve que releer varias veces algunos párrafos pues no daba crédito a sinceridad con que un funcionario publico considera que este proceso de compra no esta sujeto al principio transparencia y que tampoco esta obligado a garantizar la fecha de lanzamiento de un satélite de casi 600 millones de soles... Creo que después de leer este documento, la Comisión de Fiscalización y Contraloria debe conformar de inmediato una Comisión de Investigación Especial para este caso.
La documentacion completa pueden bajarla de la pagina web del Ministerio de Defensa:
EL GENERAL EN SU LABERINTO
A continuación los cuestionamientos y las increíbles y falaces respuestas del General Carlos Rodriguez Pajares. En negritas los cuestionamientos, en negro las respuestas del Jefe de CONIDA y en azul nuestras observaciones.
1. Se cuestiona haberse seguido el proceso de adjudicación vía proveedor único.
FALSO: la modalidad de proceso de contratación NO fue la de proveedor único. La modalidad de contratación empleada se sustento en la ley Complementaria del Presupuesto 2013. La compra se sustenta en la Directiva de Compras de CONIDA, en la cual la Comisión Técnica Especializada (COTE) efectuó la recomendación de la modalidad de contratación, privilegiando la modalidad de contratación de Gobierno a Gobierno.
BLOG: Lo primero que debemos decir es que la Directiva de Compras de CONIDA fue creada ex profesamente para esta adquisición y que fue aprobada el 04 de octubre del 2013, cuando el proceso ya se había iniciado, queda claro que fue una norma creada a la medida para direccionar el proceso y con el objetivo de evitar hacer una Licitación Internacional.
También precisar que este proceso nace torcido, pues debió hacerlo el Ministerio de Defensa y no CONIDA, esto se sustenta en la propia Directiva de Compras del MINDEF que señala que todas las compras superiores a 2,500 UIT's de los institutos armados y de las dependencias adscritas al MINDEF (CONIDA es un Organismo Público Descentralizado de Defensa-OPD) deben ser realizadas por el MINDEF, por si fuera poco, ademas se señala que ningún dispositivo legal puede sobreponerse a esta norma... Entonces queda claro que el MINDEF viola su propia directiva ILEGALMENTE y deriva el proceso a CONIDA, creándole una Directiva de Compras que posibilito la elección A DEDO del proveedor francés, tal y como ha sucedido.... sin Licitación, sin Transparencia, sin puntajes de calificación y sin transferencia de tecnología.
El General Carlos Rodriguez le MIENTE al Congreso, pues tal y como lo podemos leer de la propia Directiva de Compras de CONIDA, la Comisión Técnica Especializada-COTE, en base a sospechosas facultades que le confieren para adjudicar a dedo, recomendó hacer la compra vía PROVEEDOR ÚNICO, ello a pesar que los 4 proveedores cumplían con los requerimientos técnicos mínimos.
Les pregunto amigos lectores, como puede haber un proveedor único si son CUATRO (04) los proveedores que cumplen con los requisitos.... acaso ÚNICO no significa UNO SOLO ???.
Sera que las declaraciones del Ministro de Defensa en la cuales anunciaba un acuerdo de Gobierno a Gobierno con Francia cuando ni siquiera habían sido abiertas las propuestas presionaron a los miembros de la COTE ??? Véalo usted mismo, ni se han abierto las propuestas y Cateriano ya hasta habla de como le van a pagar al gobierno francés... y así dicen que no hubo direccionamiento?
Esta es la norma: Modalidad y proceso de contratación: PROVEEDOR UNICO, el Gral. Rodriguez MIENTE.
Sera que las declaraciones del Ministro de Defensa en la cuales anunciaba un acuerdo de Gobierno a Gobierno con Francia cuando ni siquiera habían sido abiertas las propuestas presionaron a los miembros de la COTE ??? Véalo usted mismo, ni se han abierto las propuestas y Cateriano ya hasta habla de como le van a pagar al gobierno francés... y así dicen que no hubo direccionamiento?
Esta es la norma: Modalidad y proceso de contratación: PROVEEDOR UNICO, el Gral. Rodriguez MIENTE.
2. Se cuestiona que los documentos de evaluación se declararon de carácter secreto (cuando los satélites no son de uso exclusivo militar, sino de uso multisectorial y no están en el listado de bienes secretos).
INCORRECTO: Se debe de precisar que la decisión de MINDEF por clasificar como secreto los anexos del Decreto Supremo Nro.017-2013-DE/SG. se sustentan en las siguientes razones:
a) Los documentos que sustentan la modalidad de contratación con el estado seleccionado contienen un análisis sensible sobre alianzas geopolíticas y estratégicas con los estados que participaron en esta contratación. Esta información debe ser clasificada.
b) Los documentos que sustentan la contratación contienen información que no es de dominio publico sobre la demanda de instituciones vinculadas a la Seguridad y la Defensa... bla, bla, bla.
BLOG: El General Rodriguez MIENTE otra vez, es falso que la documentación declarada como secreta tenga algo que ver sobre alianzas geopolíticas y estratégicas y demás floro, lo que se ha declarado como secreto es concretamente el estudio de mercado, el informe técnico económico y el presupuesto, que no tienen nada que ver con la absurda justificación señalada, Lo que se busco con esta declaratoria de secreto es ocultar a la opinión publica y los fiscalizadores lo que ofrecía técnicamente cada empresa y el costo, para de esta manera y tal como han hecho, poder manipular la calificación a su antojo, amparados en el turbio secretismo que les ha dado es ilegal norma. Aquí lo que fue declarado como secreto.
El General Rodriguez y el propio Ministro Pedro Cateriano podrán considerar como estratégico, secreto o sensible lo que se les ocurra, pero para ello hay normas y procedimientos establecidos, y la declaratoria de secreto no se da por que a un Ministro se le ocurre, para eso existe una ley especifica y bajo cuya regulación es la única vía para declarar secreta una compra, ni el General, ni un ministro ni el propio Presidente de la República están sobre la ley.
Peor aun, resulta que declaran secreta la documentación basados no en el Decreto Supremo Nro.017-2013-DE/SG como corresponde, sino que sustentan la clasificación de secreto en otra norma, la Ley Nro. 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Publica, usando un articulado que no tiene absolutamente nada que ver con este proceso, Articulo 15 literal (f), referido a procesos sancionadores del estado, sencillamente INCREIBLE !!!!
Como si esto fuera poco, la misma norma en el propio articulo 15 en el literal (a) señala claramente que para ser declarado secreto un proceso, debe tener la aprobación del Consejo de Ministros, lo cual no ha sucedido.
El Decreto Supremo Nro. 2015-2012/EF, que es el ÚNICA normativa que regula las compras secretas señalan claramente los requisitos, y el proceso de adquisición del satélite simplemente NO CUMPLE, por mas palabreria que el General haya colocado, por lo tanto su declaratoria de secreto a través del DS Nro. 0172013-DE/SG, ES ILEGAL. Aquí la fundamentación:
Peor aun, resulta que declaran secreta la documentación basados no en el Decreto Supremo Nro.017-2013-DE/SG como corresponde, sino que sustentan la clasificación de secreto en otra norma, la Ley Nro. 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Publica, usando un articulado que no tiene absolutamente nada que ver con este proceso, Articulo 15 literal (f), referido a procesos sancionadores del estado, sencillamente INCREIBLE !!!!
Como si esto fuera poco, la misma norma en el propio articulo 15 en el literal (a) señala claramente que para ser declarado secreto un proceso, debe tener la aprobación del Consejo de Ministros, lo cual no ha sucedido.
El Decreto Supremo Nro. 2015-2012/EF, que es el ÚNICA normativa que regula las compras secretas señalan claramente los requisitos, y el proceso de adquisición del satélite simplemente NO CUMPLE, por mas palabreria que el General haya colocado, por lo tanto su declaratoria de secreto a través del DS Nro. 0172013-DE/SG, ES ILEGAL. Aquí la fundamentación:
a) Solo pueden ser secretas las compras de USO EXCLUSIVO de la Fuerzas Armadas y/o Policía Nacional, en este caso como el propio Ministro y CONIDA lo señalan, este es un satélite de uso MULTISECTORIAL y principalmente de uso civil, por tanto NO puede ser declarado como secreto, se esta incumpliendo la Ley.
b) Para que un bien que no figura en el listado de 21 bienes secretos (armamento, bases militares, radares, municiones, bombas, etc.) sea declarado como secreto, debe previamente haberse aprobado en votación del Consejo de Ministros y ser refrendado por 3 ministros, lo cual no ha sucedido a la fecha.
c) Para ser declarada como secreta una compra, debe ademas contar con la aprobación de la Contraloria General de la República, este tramite jamas se realizó.
Como puede apreciarse con documentos, no con palabrerias, son normas que deben de respetarse, absolutamente nadie puede saltarse la ley, por ello esta compra ha sido declarada como secreta IRREGULAR E ILEGALMENTE, pues no cumple ni los requisitos ni los procedimientos para ser declarada como tal, y queda claro que su promulgación ha tenido como objetivo el ocultar la documentación sustentatoria sobre la calificación, y así poder sesgar la evaluación para favorecer al proveedor francés, cuya propuesta es técnicamente inferior a otras y ademas la mas cara de todas.
3. Se cuestiona que se violo el principio de transparencia.
FALSO. Tal y como se explico, el procedimiento seguido en la contratación NO se enmarca en el DL 1017 Ley de Contrataciones del Estado, y en tal sentido NO CORRESPONDE SU APLICACION. La contratación se efectuó de acuerdo a la Directiva de Compras de CONIDA. En tal sentido se designo una Comisión Técnica Especializada la cual recomendó que la Contratación sea en la modalidad de Gobierno a Gobierno.
SENCILLAMENTE INCREÍBLE, el General Carlos Rodriguez Pajares, quien de administración publica parece ser un total ignorante, señala que como este no es un proceso regido por la ley de Contrataciones del Estado, por lo tanto NO ES APLICABLE EL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA..!!!. Es decir, el propio General Rodriguez reconoce públicamente y por escrito que según el, no esta obligado a realizar un proceso regido por el principio de transparencia, el cual es de cumplimiento obligatorio en TODOS los procesos de adquisiciones del estado, y ademas con esa declaración reconoce tácitamente que habría conducido un proceso sin transparencia.
Peor aun, el propio Rodriguez ni siquiera ha leído la propia Directiva de Compras de CONIDA, la cual se señala claramente en el punto (d) Principio de Transparencia: toda contratación debe realizarse bajo criterios y calificaciones objetivas y sustentadas y accesibles a los proveedores. Nada de esto se cumplió, simplemente Rodriguez condujo un proceso totalmente turbio y falto de transparencia, pues como hemos leído, el cree que a este proceso no se le aplica el principio de transparencia. A confesión de parte, relevo de pruebas.
Como hemos denunciado, no ha habido Licitación a pesar que la propia Directiva de Compras de CONIDA lo contempla cuando no hay un proveedor único, como es en este caso. Sin embargo, y contraviniendo su propia Directiva, se ha comprado en base a tan solo requerimientos técnicos mínimos de un simple Estudio de Mercado, y lo peor de todo, no se le ha proveído a los postores ni los criterios de calificación, ni las ponderaciones, ni los puntajes de calificación, lo cual contraviene el principio de transparencia de la propia Directiva de CONIDA. Tan turbio ha sido este proceso, que los postores se han enterado por televisión a finales del mes de abril (6 meses y medio después de presentar sus propuestas) como fue el proceso de calificación, el día de la firma del contrato con el proveedor francés adjudicado A DEDO vía de PROVEEDOR ÚNICO.
Si alguna duda queda, aquí un revelador vídeo en donde el Presidente del Comité Técnico Especializado-COTE, el Coronel FAP Edgardo Barrueto Plaza señala claramente ante la Comisión de Defensa del Congreso que no se hizo un proceso Publico "Por que sino ademas de los requerimientos técnicos hubiesen tenido que darle a los proveedores los factores de evaluación y estaría diciendo a que le daría mayor puntaje" (pero si de eso se trata la transparencia de un proceso), es decir, señala clara y abiertamente que la intensión ha sido conducir un proceso en el cual los proveedores no sepan como serán calificados, transgrediendo justamente el Principio de Transparencia de la adquisiciones del Estado. Gracias a ello ha podido conducir un proceso secreto, manipulando a su antojo los puntajes de calificación y así dar como ganador al proveedor favorito del gobierno.
4. Se denuncia que todo el proceso estuvo orientado a la empresa francesa EADS Astrium (aun cuando solo ha construido 3 satélites, y el modelo que compra el Perú es un prototipo).
Si alguna duda queda, aquí un revelador vídeo en donde el Presidente del Comité Técnico Especializado-COTE, el Coronel FAP Edgardo Barrueto Plaza señala claramente ante la Comisión de Defensa del Congreso que no se hizo un proceso Publico "Por que sino ademas de los requerimientos técnicos hubiesen tenido que darle a los proveedores los factores de evaluación y estaría diciendo a que le daría mayor puntaje" (pero si de eso se trata la transparencia de un proceso), es decir, señala clara y abiertamente que la intensión ha sido conducir un proceso en el cual los proveedores no sepan como serán calificados, transgrediendo justamente el Principio de Transparencia de la adquisiciones del Estado. Gracias a ello ha podido conducir un proceso secreto, manipulando a su antojo los puntajes de calificación y así dar como ganador al proveedor favorito del gobierno.
4. Se denuncia que todo el proceso estuvo orientado a la empresa francesa EADS Astrium (aun cuando solo ha construido 3 satélites, y el modelo que compra el Perú es un prototipo).
a. Respecto al supuesto proceso orientado para favorecer a la empresa francesa EADS Astrium, el procedimiento de evaluación llevado a cabo por CONIDA, a través de la COTE, se desarrollo bajo una metodología y calificación objetiva, utilizando herramientas informáticas para la toma de decisiones basada en la técnica del proceso analítico jerárquico. Asimismo CONIDA valoro los requerimientos y las variables que fueron establecidas en el Proyecto de Inversión Publica que fueron validados como los mas adecuados para los intereses del estado durante la etapa de indagación de las ofertas que ofrece el mercado internacional. En ese sentido la Comisión Técnica ha actuado de manera imparcial, no favoreciendo a ninguna empresa.
BLOG: Debemos recordar que el Estudio de Factibilidad del Satélite Peruano (PIP 21918) ya estaba aprobado y listo desde el 2011, y es este gobierno el que decide luego de las visitas del presidente y del Ministro de Defensa a París en noviembre del 2012, el modificar sin sustento alguno el Estudio de Factibilidad a partir de enero del 2013, en donde se busco que la resolución del sensor del satélite sea de 70 cms y el ancho de barrido sea de 14.5 kms, los detalles técnicos exactos del satélite francés (totalmente demostrable con documentos), y se cambia ilegalmente el objetivo del PIP para calzarlo con el satélite AstroSat-300, ademas desconociéndose ilegalmente, la demanda de información satelital de resolución alta y media de las principales instituciones publicas, tal y como consta en el Estudio de Factibilidad elaborado por la propia CONIDA.
También recordar que en julio del 2013 CONIDA solicita a los postores propuesta definitivas, a través de las cuales las 4 empresas participantes revelan sus propuesta técnicas en detalle y sus costos. Una semana después, CONIDA comunica que las propuestas definitivas presentadas ahora pasan a ser parte de un estudio de mercado, y de esta manera CONIDA conoce anticipadamente lo que ofrece cada compañia y utiliza esta privilegiada información, para en Octubre VOLVER a convocar un segundo Estudio de Mercado, en el cual, lejos de recoger todas las ventajas y mejoras ofrecidas por los distintos postores, que es el objeto de un Estudio de Mercado, lo que hacen es ELIMINAR de los requerimientos técnicos muchas de las ventajas tecnológicas que habían sido sido ofrecidas por los postores. Este es un acto gravisimo, que ha perjudicado gravemente los intereses del país y por el cual los responsables deben rendir cuentas.
También recordar que en julio del 2013 CONIDA solicita a los postores propuesta definitivas, a través de las cuales las 4 empresas participantes revelan sus propuesta técnicas en detalle y sus costos. Una semana después, CONIDA comunica que las propuestas definitivas presentadas ahora pasan a ser parte de un estudio de mercado, y de esta manera CONIDA conoce anticipadamente lo que ofrece cada compañia y utiliza esta privilegiada información, para en Octubre VOLVER a convocar un segundo Estudio de Mercado, en el cual, lejos de recoger todas las ventajas y mejoras ofrecidas por los distintos postores, que es el objeto de un Estudio de Mercado, lo que hacen es ELIMINAR de los requerimientos técnicos muchas de las ventajas tecnológicas que habían sido sido ofrecidas por los postores. Este es un acto gravisimo, que ha perjudicado gravemente los intereses del país y por el cual los responsables deben rendir cuentas.
Otro hecho escandaloso ha sido el propio proceso de evaluación. El General Rodriguez cree que con su palabrería analítica jerárquica va a ocultar el vulgar robo a los intereses del país. Si ya las especificaciones técnicas mínimas del segundo Estudio de Mercado ya MUTILABAN una serie de ventajosas propuestas técnicas en beneficio del desarrollo de país por el único hecho de que el proveedor favorito francés no las ofrecía, el proceso de calificación ya bate todos los récords de la parcialidad, de los 64 items del estudio de mercado, deciden sin explicación quedarse con 45, los cuales a su vez los separan en 4 niveles y los ponderan a su antojo, obviamente todo este proceso es SECRETO, a pesar que la Ley EXIGE que esta información debe ser de conocimiento de los postores y cada postor debe saber inclusive el puntaje que sacara antes de presentarse.... pero aquí no fue así, y como lo ha dicho el propio General Rodriguez al Congreso, EL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA NO APLICA A ESTE PROCESO !!!!.
Así en secreto y entre gallos y medianoche, con su software analítico jerárquico, han jugado a su antojo con las variables y ponderaciones hasta hacer cuadrar al proveedor francés como primero. Aquí algunas de las perlas de este secreto y oscuro proceso de selección, saque usted sus conclusiones:
- Extrañamente no se tomo en cuenta en la calificación sobre los retrasos y el incumplimiento de los proveedores de los plazos de entrega. Así los recientes antecedentes de los franceses en los retrasos de 19 y 22 meses en sus 2 últimos mini satélites de Chile y Algeria no afectaron en lo mas mínimo su calificación. Recordemos al Ministro Cateriano diciendo que "hay que tener pensamiento positivo" cuando le recordaron que justamente este proveedor entrego el satélite chileno SSOT 22 meses tarde.
- A pesar de la existencia de una oferta de un completo programa de Transferencia Tecnológica que proponía la construcción de un SEGUNDO SATÉLITE de resolución media por 22 peruanos y que incluía el licenciamiento para reproducirlo, y la creación de una industria aeroespacial peruana, este aspecto trascendental para el desarrollo nacional no fue considerado ni en los requerimientos técnicos del 2do estudio de mercado, ni en el puntaje de calificación. Que puede justificar este aberrante hecho?. Porque CONIDA le niega al Perú la posibilidad de desarrollar una industria espacial peruana?, Que intereses defiende CONIDA?. La empresa francesa contratada no nos ensena a fabricar ni un tornillo.
- A pesar que existir una oferta de un TERCER SATÉLITE de radar dentro del costo y total propiedad del gobierno peruano, siendo este ademas de gran necesidad para el país, este no fue considerado ni en los requerimientos, ni en los puntajes de calificación. Peor aun, CONIDA solicito por escrito que este fuera eliminado de la propuesta británica. Sin embargo, ahora el proveedor francés adjudicado ofrecerá información de Radar con sus propios satélites y con un costo extra (camuflado con el nombre de créditos). Así el Perú gracias a CONIDA, rechazo la posibilidad de tener una constelación propia conformada por TRES SATÉLITES complementarios, que posicionarían al Perú no solo en líder regional en tecnología aeroespacial, sino seria uno de los Top 12 del mundo. Que puede explicar esta conducta de CONIDA?.
- Se ofrecieron 4 centros regionales descentralizados de capacitación, sin embargo esto no fue considerado en la calificación a pesar de su gran necesidad para la formación de recursos humanos descentralizados para el uso de la información satelital.
- Se ofreció lanzamiento de dedicado de los satélites, que es la ÚNICA MANERA de garantizar la fecha de lanzamiento y entrada en operación de todos el sistema satelital, sin embargo este aspecto CRITICO sencillamente NO fue considerado en el cuadro de calificación. Ello simplemente por que el proveedor francés ofreció un desventajoso lanzamiento compartido como carga secundaria, con el cual es imposible garantizar la fecha de lanzamiento.
- Se calificaron con altos puntajes y ponderaciones a aspectos totalmente irrelevantes y ridículos, ello por encima de aspectos críticos como los ya mencionados. Es así que CONIDA le da una importante ponderación y puntaje al diámetro de la antena de la estación terrena y la velocidad con que se inclina el satélite, obviamente por que el proveedor francés ofrecía la antena mas grande y ofrecía seguramente el satélite que se inclinaba mas rápido, en una evidente voluntad de favorecerlos abiertamente.
FALSO. La empresa Astrium tiene una amplia y reconocida experiencia en la fabricación de satélites de observación de la tierra y en particular de satélite de resolución submétrica (categoría de satélite que el Perú requiere). Astrium ha sido contratista principal de los satélites submétricos Helios y Pleiades, y el instrumento óptico submetrico del satélite coreano Kompsat....
BLOG: El General Rodriguez manipula la información y con ello engaña, los satélites se clasifican en función a su peso y tamaño, así hay micro satélites (de menos de 100 kgs), mini satélites (entre 100 y 500 kgs) y grandes satélites (+ de 500 kgs). Lo que el Perú esta comprando es un MINI SATELITE, que llevara como carga útil una cámara submétrica. Son las imágenes obtenidas las que según su nivel de detalle pueden ser clasificadas como de resolución media, alta o muy alta resolución (sensor submetrico). Es así que por la naturaleza del proyecto, lo que CONIDA debe de calificar es la experiencia de las empresas en la construcción de MINI SATELITES, pues esto es lo que se esta comprando y cuya avanzadas tecnologías solo son desarrolladas por muy pocas las empresas a nivel mundial.
Sobre esta experiencia especifica, es decir empresas con experiencia en la construcción de MINI SATÉLITES, la empresa EADS Astrium solo ha construido 3 mini satélites en toda su historia, 2 de estos mini satélites, el SSOT Chileno y el AlSat-2 argelino fueron lanzados casi 2 años tarde, incumpliéndose la fecha de lanzamiento. El General Rodriguez buscando confundir a los Congresistas y esconder su irregular calificación, coloca la experiencia de EADS en la construcción de satélites grandes, que no es lo que estamos comprando, prueba de ello es que es satélite comprado Astrosat-300 pesa 400 kgs.
Sobre esta experiencia especifica, es decir empresas con experiencia en la construcción de MINI SATÉLITES, la empresa EADS Astrium solo ha construido 3 mini satélites en toda su historia, 2 de estos mini satélites, el SSOT Chileno y el AlSat-2 argelino fueron lanzados casi 2 años tarde, incumpliéndose la fecha de lanzamiento. El General Rodriguez buscando confundir a los Congresistas y esconder su irregular calificación, coloca la experiencia de EADS en la construcción de satélites grandes, que no es lo que estamos comprando, prueba de ello es que es satélite comprado Astrosat-300 pesa 400 kgs.
Cabe precisar también que LOS 4 POSTORES han ofrecido satélites submétricos, no solo el proveedor francés, como lo deja entrever el General Rodriguez, medias verdades terminan siendo mentiras, y solo buscan confundir y manipular a las personas que no conocen el tema.
Sobre los satélites submétricos Pleiades y Helios de 1 tonelada de peso, EADS Astrium no ha construido ninguno de los instrumentos submétricos que llevan estos satelites, todos han sido adquiridos a la empresa Thales Alenia Space, en resumen, EADS Astrium nunca ha construido un solo sensor submetrico.
Sin animo de hacer publicidad, pero para demostrar lo direccionado del proceso de calificación que ha conducido CONIDA, la empresa británica que se presento y tiene el siguiente récord: 31 años de experiencia en los cuales ha lanzado 43 MINI SATÉLITES, maneja el 40% del mercado mundial de mini satélites, ha construido 5 constelaciones de satélites, tiene 481 años de vida útil acumulada en el espacio, ha desarrollado 18 programas de transferencia tecnológica, y tiene actualmente 21 satélites en construcción y 24 cargas útiles en desarrollo, sin embargo fue calificada como ultima con 55.14 puntos, siendo superada en puntaje por una empresa española que jamas ha construido un solo satélite, y que saco 56.09 puntos, gracias al maravilloso proceso analítico de de calificación que invento CONIDA especialmente para esta compra.
Es así que el General Rodriguez, cuasi publicista de EADS Astrium, le atribuye a la empresa francesa una experiencia distinta al objeto del contrato, como es la adquisición de un MINI SATÉLITE, que es una tecnología muy distinta. Es el equivalente a que en un proceso de compra de un auto deportivos, se califique la experiencia de un fabricante de camiones.
c) Respecto a que supuestamente el modelo que compra el Perú es un Prototipo.
FALSO. El producto que ha sido adquirido a Francia NO es un experimento o prototipo, es la aplicación de experiencias exitosas de otros satélites orientados a satisfacer el requerimiento de Perú. En este sentido, el satélite peruano incorpora la avionica de los satélites SPOT, e incorpora en el telescopio la tecnología de carburo de silicio de ultima generación. No existen en el mundo satélite ya construido y listos para que el usuario los adquiera, todo satélite es un diseño único y se construye a solicitud del cliente.
BLOG: El General Rodriguez una vez mas MIENTE, el satélite vendido al Perú esta basado en la plataforma satelital denominada AstroSat-300 o AstroBus-300, el cual es un prototipo jamas construido ni lanzado al espacio antes, solo la avionica (electrónica de abordo), que no representa ni el 20% del satélite ha sido probada en otros satélites por poco mas de un año, todo lo demás tiene que ser construido por primera vez.... Acaso eso no es un prototipo?. Sobre el instrumento óptico igual, EADS jamas ha construido un sensor submetrico, lo hará por primera vez para el Perú, acaso eso no es también un prototipo?. En resumen, la plataforma satelital Astrosat-300 vendida al Perú jamas ha sido construida antes y por lo tanto SI ES UN PROTOTIPO, así Rodriguez mienta y lo niegue.
Respecto al cuento del diseño único, nada mas FALSO, como ejemplo tenemos a los satélites SSOT de Chile, ALSAT-2 de Algeria y VNRedSat-1 de Vietnam todos construidos bajo la misma plataforma satelital Astrosat-100 de EADS Astrium. Lamentable que un oficial de la Fuerza Aérea del Perú mienta impunemente a los representantes del Congreso de la República para encubrir las irregularidades que ha cometido en el proceso de evaluación y compra.
5. Aspectos Técnicos adicionalmente cuestionados.
a) No se tiene como garantizar la fecha de lanzamiento del satélite
FALSO. En ninguno de los documentos fuente para el desarrollo de la Contratación del sistema satelital submetrico del Perú, se ha encontrado indicaciones respecto a la necesidad de asegurar una fecha de lanzamiento especifica.
Cabe señalar que como producto de la etapa de negociación hay un calendario que especifica los tiempos necesarios para al entrega del sistema satelital con los hitos detallados que deben cumplirse, y adicionalmente se estipulan las penalidades (indemnización por danos y perjuicios) por el incumplimiento del proveedor de la fecha prevista de lanzamiento.
BLOG: En otra declaración surrealista, el General Rodriguez señala que no hay ningún documento oficial que lo obligue a que se cumpla con la fecha comprometida de lanzamiento, sencillamente INCREÍBLE !!!. En otras palabras, lo que nos quiere decir el General, es que si el proveedor se retrasa, algo que como ya hemos comentado es un hecho, y mas aun con los recientes antecedentes de retrasos con los mini satélites vendidos a Chile y Vietnam, y el hecho que se nos ha vendido un prototipo, el pretende no tener responsabilidad ?.
El tema es puntual y concreto, y obedece a un tema estrictamente técnico, hay 2 tipos de lanzamiento, el del tipo DEDICADO, en el cual el contratista contrata el lanzamiento y es "dueño" del cohete lanzador, y por lo tanto define la fecha en que sera lanzado (es contratar un charter al espacio), y la otra modalidad, de lanzamiento COMPARTIDO COMO CARGA SECUNDARIA, en el cual el satélite esta supeditado a un espacio disponible el "algún" lanzamiento, con lo cual el dueno del lanzamiento define la fecha y por lo tanto es IMPOSIBLE garantizar fecha de lanzamiento. Esta segunda opción es la que ofreció EADS Astrium, poniendo como fecha de lanzamiento a los 24 meses de la firma del contrato, osea para mayo del 2016, fecha por la cual tanto CONIDA como el Ministro de Defensa son responsables.
La importancia de garantizar la fecha de lanzamiento es critica, pues sin ello el sistema satelital simplemente no entra en operación y la electrónica del satélite se hace obsoleta.
Habiendo postores que ofrecieron en sus propuestas lanzamiento dedicado como carga principal garantizada para diciembre del 2015. Cual puede ser la explicación para que CONIDA irracionalmente haya preferido un lanzamiento como carga secundaria (imposible de garantizar fecha) con el compromiso de ser lanzado en mayo del 2016, y encima con una empresa con antecedentes recientes de retrasos?. Cual es la explicación racional para que CONIDA no haya considerado este ítem como critico en el proceso de calificación ??.
La explicación a tamaña aberración es sencilla, el proveedor francés favorito del CONIDA, no ofrece lanzamiento dedicado, y viene de lanzar 19 y 22 meses tarde los satélites SSOT y Alsat-2... y así dicen que no esta direccionado el proceso???.
b) No se ofrece Transferencia Tecnológica
FALSO. Si esta considerada la transferencia de tecnología sobre el producto de la adquisición. El requerimiento formulado por el área usuaria incluye 05 aspectos: el satélite, el lanzamiento, el seguro del satélite, transferencia tecnológica y la estación terrena. La transferencia tecnológica también esta contemplada en el PIP CNOIS, siendo este aspecto considerado en durante la evaluación, para lo cual las empresas recibieron información en detalles, y deberá incluir la fase de formación avanzada académica y otra de entrenamiento operativo en las instalaciones del proveedor (on Job training), luego se detallan las fases. En tal sentido, el compromiso suscrito contiene todos los detalles del programa de transferencia tecnológica acordado en el PIP-CNOIS y al requerimiento de CONIDA.
BLOG: Como se puede apreciar en el gráfico de la propia presentación de CONIDA lineas abajo, la CAPACITACIÓN de usuarios y la TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA Aeroespacial son dos (02) componentes distintos.
El componente de TRANSFERENCIA TECNOLOGICA, tal y como lo señala el propio estudio de factibilidad de CONIDA, contempla la construcción de satélites y componentes satelitales, así como el desarrollo de capacidades locales, es decir la creación de una industria aeroespacial nacional, la cual fue ofrecida por al menos un postor desde el 2012 y que fuese reiterada en el 1er Estudio de Mercado de julio del 2013, y que por lo tanto debió ser incluida al menos como alternativa en el proceso de adquisición (2do Estudio de Mercado de octubre del 2013) como una mejora en beneficio del Perú, pero que CONIDA inexplicablemente elimino en perjuicio de los intereses del país. Recordemos ademas que por ejemplo en la compra de los aviones KT-1P a Corea del Sur, la transferencia tecnológica contempla en ensamblar aviones en el Perú y construir partes de los aviones localmente... General Rodriguez, porque en el caso del satélite se elimina esta opción?.
El componente CAPACITACIÓN es el proceso mediante el cual el proveedor desarrolla un proceso de entrenamiento teórico y practico para el uso y manejo adecuado del todo el sistema satelital, algo que es un proceso obligatorio y muy distinto a un competo programa de transferencia de tecnología, en el cual se desarrollan capacidades local de PRODUCCION.
Queda entonces claro que la Capacitación y la Transferencia Tecnológica tienen diferentes definiciones y alcances, siendo deseable para un país que desea desarrollar capacidades tecnológicas locales, el contar con un competo programa de transferencia tecnológica y no ser un país dependient.
El componente de TRANSFERENCIA TECNOLOGICA, tal y como lo señala el propio estudio de factibilidad de CONIDA, contempla la construcción de satélites y componentes satelitales, así como el desarrollo de capacidades locales, es decir la creación de una industria aeroespacial nacional, la cual fue ofrecida por al menos un postor desde el 2012 y que fuese reiterada en el 1er Estudio de Mercado de julio del 2013, y que por lo tanto debió ser incluida al menos como alternativa en el proceso de adquisición (2do Estudio de Mercado de octubre del 2013) como una mejora en beneficio del Perú, pero que CONIDA inexplicablemente elimino en perjuicio de los intereses del país. Recordemos ademas que por ejemplo en la compra de los aviones KT-1P a Corea del Sur, la transferencia tecnológica contempla en ensamblar aviones en el Perú y construir partes de los aviones localmente... General Rodriguez, porque en el caso del satélite se elimina esta opción?.
El componente CAPACITACIÓN es el proceso mediante el cual el proveedor desarrolla un proceso de entrenamiento teórico y practico para el uso y manejo adecuado del todo el sistema satelital, algo que es un proceso obligatorio y muy distinto a un competo programa de transferencia de tecnología, en el cual se desarrollan capacidades local de PRODUCCION.
Queda entonces claro que la Capacitación y la Transferencia Tecnológica tienen diferentes definiciones y alcances, siendo deseable para un país que desea desarrollar capacidades tecnológicas locales, el contar con un competo programa de transferencia tecnológica y no ser un país dependient.
Sin embargo, tenemos al propio Jefe de CONIDA, el General Carlos Rodriguez Pajares confundiendo a la opinión publica y señalando que TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA ES CAPACITACIÓN, todo como parte e un plan concertado y orquestado desde inicios del 2013, en donde sostenidamente y en toda presentación publica, fusionan ambos conceptos describen engañosamente a la capacitación con la transferencia tecnológica.
Cual puede ser la razón para que la Agencia Espacial Peruana, en un acto de SUICIDIO TECNOLÓGICO y contra de los intereses nacionales ELIMINE la transferencia tecnológica del proceso de compra del satélite, y lo camufle como Capacitación. Que razones pueden tener un grupo de funcionarios públicos para perjudicar así los intereses del país?? Que pudo motivar al Ministerio de Defensa a eliminar de la Directiva de Compras de CONIDA el párrafo que decía que los criterios de evaluación, ponderaciones y puntajes de calificación en la compra del satélite peruano deberán propender a garantizar la transferencia tecnológica???
La explicación una vez mas es la misma, el postor francés EADS Astrium no ofrece transferencia tecnológica, solo ofrece capacitación para operar todo el sistema satelital. No nos ensenan ni a construir satélites, ni componentes, es mas, en su presentación en el SITDEF señalaron que un país como Perú podrá con ellos desarrollar sus propios satélites dentro de 15 a 20 años.
Es así que CONIDA en los requerimientos técnicos mínimos del Estudio de Mercado coloca como descripción de la trasferencia tecnológica, simplemente las actividades que corresponden a un simple y obligatorio proceso de capacitación, tal cual lo ofrece el proveedor francés, y con ello sencillamente ELIMINAN la posibilidad de desarrollo de una industria aeroespacial peruana, a pesar que esta estaba no solo plasmada en el Estudio de Factibilidad del PIP CNOIS, sino que ha sido ofertada por un proveedor desde el 2012 sin costo adicional.
Porque CONIDA en contra de los intereses nacionales le niegan al país la posibilidad de desarrollar una industria aeroespacial, acaso esto no es una traición al Perú ?. Son mas importantes para el General Rodriguez los intereses de la empresa EADS Astrium que los intereses de desarrollo tecnológico peruano?.
El mayor y mas escandalosos ejemplo del sesgo en la evaluación se da cuando el Presidente del Comité Técnico Especializado-COTE, el Coronel FAP Edgardo Barrueto Plaza señala claramente ante la Comisión de Defensa del Congreso que una empresa le ofrece al país, la licencia para construir satélites y la co-producción de componentes satelitales y desarrollar una industria aeroespacial peruana, y desechando esta posibilidad sin la mas mínima vergüenza señala: "yo me pregunto, cual es la capacidad de la industria peruana". El General Rodriguez complementa la idea y señala que hay personas que salen a hablar que en 2 años vamos a construir satélites, esto no es una verdadera transferencia tecnológica.
Le recuerdo al General Rodriguez, que esta es una propuesta oficial que corresponde a la empresa numero 1 del mundo en tecnología de mini satélites y que ha sido avalada no solo por su embajador acreditado en el Perú, sino ademas fue avalada y ratificada por el Primer ministro Británico David Cameron en carta dirigida a Presidente Ollanta Humala Tasso.
Finalmente recordarle que el satélite Nigeriasat Nx que cuenta con las mas avanzadas tecnologías aeroespaciales del mundo, reconocido por la propia empresa francesa AirBus en su pagina web, fue construido en 24 meses por 26 ingenieros nigerianos gracias al mismo programa de transferencia tecnología ofrecido al Perú y se encuentra operando perfectamente desde poco mas de años y medio.
Mientras acá CONIDA le niega al Perú la posibilidad de construir sus propios satélites, Argentina lanzara el próximo mes el satélite de comunicaciones ARSAT-1, construido íntegramente por ingenieros argentinos.
CONCLUSIONES:
Del análisis de los cuestionamientos contenidos en la denuncia, y de acuerdo con la argumentación y sustento presentados, nos permitimos establecer de manera firme las siguientes conclusiones:
1. Es falsa la afirmación respecto a que el procedimiento de contratación llevado a cabo se hizo de acuerdo a la modalidad proveedor único.
CONIDA compro el satélite a través del proceso y modalidad de contratación de proveedor único.
CONIDA compro el satélite a través del proceso y modalidad de contratación de proveedor único.
2. Es incorrecto afirmar que los documentos de evaluación se hayan declarado secretos obedeciendo a al naturaleza militar o uso militar del satélite.
Los documentos fueron irregularmente declarados como secretos.
Los documentos fueron irregularmente declarados como secretos.
3. Es falso que se haya violado el principio de transparencia.
El Jefe de CONIDA afirma que el principio de Transparencia no aplica a este proceso.
El Jefe de CONIDA afirma que el principio de Transparencia no aplica a este proceso.
4. Es falso que se haya orientado el proceso para favorecer a la empresa francesa Astrium.
Todo el proceso y desde inicios del 2013 se direcciono al proveedor francés.
Todo el proceso y desde inicios del 2013 se direcciono al proveedor francés.
5. Es falso que la empresa francesa Astrium haya construido solo tres (03) satélites.
Ha construido tan solo tres (03) Mini Satélites, que es el objeto de este contrato.
Ha construido tan solo tres (03) Mini Satélites, que es el objeto de este contrato.
6. Es falso que el Perú este adquiriendo un prototipo.
El satélite comprado SI es un prototipo.
(*) Se agradece su difusión.
El satélite comprado SI es un prototipo.
(*) Se agradece su difusión.